jueves, 24 de marzo de 2011

Plan de Pensiones

En general la pensión se entiende como un seguro social frente a los riesgos laborales o contra la vejez u otras circunstacnias como la discapacidad, viudez, orfandad, la separación o divorcio y otras derivadas de la accion militar. Se trata de un pago a un empleado jubilado o invalido o al conyuge y descendientes de un empleado fallecido.

La pensión creada por el empleador a beneficio de un empleado se conoce como plan de jubilación o de pensión privado, este  plan de pensión es una modalidad de ahorro cuyo objetivo es complementar la pensión que se recibe en el memnto de la jubilación, no siendo de esta última y que permite, pasado un tiempo, recuperar el valor de la intervenido mas los intereses que se hallan generado. Esos ahorros se suelen invertir en un fondo con una serie de gratificaciones físcales, la cantidad de capital invertido por el ahorrador y que forma parte del fondo recibe el nombre de unidad de ceunta y su valor se determina diariamente y se calcula dividiendo el patrimonio total entre el numero de unidades de cuenta.

Podemos decir que un plan de pensiones es un producto de ahorro a largo plazo, con tratamiento fiscalmuy atractivo cuyo objetivo es complementar la pension de jubilación, es decir ahorro en la actualidad por sus ventajes fiscales y mayor poder adquisitivo al alcanzar la jubilación.

Teniendo en cuenta que hay que empezar a preparar la jubilación desed el primer momento de la vida laboral, los planes de pensiones interesan desde el inicio de esta. Pero son especialmente interesante para aquellas personas que; necesiten desgravar el máximo posible cada año o aquellas que necesiten imponerse una fuerte disciplina de ahorro.
Este tipo de ahorro ter permite ahorrar comodamnete , para que puedas siponer de un capital o una renta en el momento de la jubilación o en caso de incapacidad y, en caso de fallecimiento, para que puedan disponer de ello tus beneficiarios, los planes de pensiones ademas son el producto que te permite obetener máximo ahorro fiscal en tu declaración de la renta.

Los planes de pensiones tienen un caracter voluntario, la administración no nos obliga a tomarlos, también tienen un carácter complementario y no sustitutivo respecto a las cotizaciones y prestaciones de la Seguridad Social, po lo que no nos exima del pago de las cotizaciones de la Seguridad Social, pero tampoco nos quita el derecho a percibir una pensión cuando nos jubilemos.

Al contratar un plan de pensioines nos encontramos con que aparecen varias figuras:

-Partícipe; es aquella persona en cuyo beneficio se crean los planes de pensiones , hagan aportaciones o no, esto es una difernecia importante, ya que algunas empresas crean planes de pensiones para sus empleados como parte de los beneficios de trabajar para ellos.

-Beneficiarios: son aquellas personas que se benefician del plan de pensiones, es decir tanto los participes como otros beneficiarios como los herederos.

-Entidad gestora: es aquella que debe de gestionar el fondo.

-Entidad depositaria: es aquella que custodia los activos financieros del plan de pensiones, que suelen ser un banco.

Los fondos de los planes de pensiones son aquellos que se crean exclusivamente para cubrir las inversiones, son uno de los grandes inversores del mundo. Muchas veces se habla de los inversores cuando se refiere a bolsa, pero gran parte de ese movimiento son las decisiones de las gestoras de planes de pensiones.


Un plan de pensiones tiene la desventaja de la poca disponibilidad, es decir, sólo podemos obtenre el dienro invertido bajo ciertos uspuestos, cuando decidamos contratar un plan de pensiones tenemos que tener en cuenta que ese dinero no lo vamos a poder tocar hasta la jubilación o invalidez, para de larga duración o defunción.
 Normalmente la entidad gestora nos cobrará una comisión de gestión, la entidad depositaria una comisión de depósito y puede que también una comisión de traspaso, esta última se prohibió en España para fomentar la competencia.

Nos encontramos con diferentes tipos de planes de pensiones:

-Planes de beneficio definido:define un beneficio para un empleado sobre la edad de jubilación del mismo, este beneficio se determina mediante una fórmula que incorpora el salario del empleado, los años de servicio, la edad de jubilación y otros factores, también pueden integrar servicios de seguridad social y ofrecer incentivos para una jubilación anticipada o continuar con el trabajo.

-Planes de contribución definida;  es aquel en las que las contribucciones se hacen a una cuenta que crece mediante la inversión ,la contribucción esta definida pero el beneficio se desconoce. Al jubilarse, el empleado dispone de una cuenta que puede utilizar para comprar una pensión o puede retirar parte de los fondos en funcion de sus necesidades.
 El riesgo de inversión y el premio los toma cada individuo y no el empleador, además los participantes no suelen comprar el pago de una nualidad tras jubilarse y soportan el riesgo de sobrevivir más que sus fondos.
El coste de este tipo de planes se calcula con facilidad, pero el beneficio de un plan depende del balance de la cuenta en el momento en el que el empleado quiera utilizar sus fondos, por ellos la contribucción se conoce pero el beneficio no ya que la inversión de la contribucción seguirá ciclos económicos.

miércoles, 23 de marzo de 2011

Los Seguros de Vida.

 -INTRODUCCIÓN

Un seguro de vida es un contrato de seguro por el cual un asegurador, a cambio de una prima única o periódica, se obliga a satisfacer al suscriptor de la póliza, o a la persona que este halla designado, un capital o una renta cuando se produzca la muerte del suscriptor a cuando la persona asegurada llegue a una determinada edad.
Este tipo de seguros son muy habituales hoy en día, dada que se utiliza como cobertura indemnizatoria para la persona o personas designadas por el asegurador, en el supuesto fallecimiento de este o como garantía de pago en algunos casos.
Podemos definir como seguro de vida a todas aquellas pólizas que comprenden todos los riesgos que pueden afectar a la existencia, integridad corporal o salud del asegurado.

La principal característica de este contrato es la indemnización , ya que el asegurado se obliga mediante el cobro de una cantidad de dinero determinada a satisfacer al beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones, en el caso de muerte o bien de supervivencia del asegurado o de ambos.

El seguro de vida actua como resguardo frente a una posible situación de apremios ecconómicos y el beneficiario recibirá una suma de dinero en caso de fallecimiento del asegurador, este mediante la firma de un contrato con la aseguradora se comprometen a entregar a las personas que el asegurador designe como beneficiarios una suma de dinero, la obligación del asegurador en este contrato es el pago de las primas en la forma estipulada en el contrato.
Algunas pólizas pueden beneficiar al asegurado en vida, estas acumulan ahorros que pueden ser utilizados en el futuro para lo que desee el destinatario.

Para decidir si es necesario un Seguro de vida, se teine que tener en ceunta el numero y edades de sus hijos, las encesidades de su familia y el dinero necesario para que puedan salir adelante y resolver su situación financiera .
El seguro de via no debe de ser para toda la vida, se tienen que revisar las necesidades de el seguro periódicamente y si se modifican los ingresos o los descendientes se independizan puede ser que el seguro de vida ya no sea necesario o por lo menos el mismo tipo de seguro.

Los seguros de vida pueden realizarse  de manera individual o colectiva, siempre y cuando se determine el grupo de personas afectadas por el mismo riesgo.
Así también los podemos clasificar atendiendo al riesgo objeto de cobertura según sea: 
1. La vida y dentro de este seguro de vida según cubra el riesgo de muerte o de supervivencia.
2.La integridad física : seguro de accidentes.
3.La salud: seguro de enfermedad, seguro de asistencia sanitaria.

- ELEMENTOS DE UN SEGURO DE VIDA

Los principales elementos de un seguro de vida son:

-Asegurador: Es la persona que ofrecerá la contraprestación a cambio de la prima.

-Tomador del seguro: Persona que contrata la poliza y asume el pago de la prima. Estipula el contrato con el asegurador y firma la póliza, asumiendo las oligaciones que esta determina, también se le puede denominar contratante.

-Asegurado: Persona que cubre sus riesgos por la póliza, es decir es aquella persona sobre cuya vida se hace el seguro y cuya muerte determina la obligación al asegurador a satisfacer el capital o las rentas.
Si este tiene mas de 14 años y menos de 18, en los seguros de fallecimiento será necesaria la autorización por escrito de los representantes legales.
El asegurado puede coincidir con el tomador  o bien ser una persona distinta, en este caso estamos ante un seguro de vida de un tercero y si el seguro es de fallecimiento es necesario el consetimiento escrito de ese tercero.

-Beneficiario: Persona que resultará indemnizada con la contraprestación del seguro.
Es la persona a favor del cual se contrata el seguro y ha de recibir el capital o renta del asegurador, el tomador puede designar el beneficiario sin consentimiento del asegurador, la designación deberá realizarse en la póliza mediante una desinganción génerica. Si la designación es a favor de los herederos se entenderá que es a favor de estos sin mayor especificación, ya sean del tomador del asegurador o de otra persona. La desiganción del conyuge como beneficiario atribuirá tal condicióna al que lo fuera en el momento de su muerte.
Los beneficiarios conservan su derecho aunque renuncien a su herencia, la desgincación de varios beneficiarios hará que la indemnización, salvo pacto en contraio, en proporción a la cuota hereditaria, incluso si no se acepta la herencia. En caso de renuncia de un beneficiario, los demás ostentan un derecho legal de acrecer " inter vivos ".
El tomador del seguro podrá modificar la designación del beneficiario haciendo una nueva designación en la póliza, igualmente  puede ser revocado en cualquier momento anterior al siniestro o al vencimiento de la póliza, salvo que la designación fuera irrevocable.
El derecho del beneficiario es un derecho autónomo que no nace a traveés del mecanismo  de la cesión del tomdaor si no de la base del contrato de seguro, de ahi que la ley establezca que la prestación del asegurador deberá ser entregada al beneficiario, incluso contra las reclamaciones de los herederos legítimos y acredores del tomador del seguro.

-Prima: Cantidad a pagar por el tomador del seguro al asegurador como contrapartida de la cobertura de riesgos.

La legislación vigente en nuestro país obliga al consentimiento expreso en la póliza del asegurado si el tomador del seguro y asegurado no son la misma persona.
 Los beneficiarios pueden ser cambiados a posteriori de la formalización de la póliza por el tomador del seguro, esto se realizará a través de una notificación del tomador al asegurador o por inclusión en testamento de cambio de beneficiarios sobre seguros de vida. Se ha articulado un registro de beneficiarios de seguro de vida por la carencia que exístia en las pólizas de seguro suscritas por aseguradores y tomadores.

-CLASIFICACIÓN DE LOS SEGUROS DE VIDA.

Los seguros según el riesgo que corren se clasifican en:

-Seguros en caso de muerte: En este tipo de seguros al fallecimiento del asegurado, el asegurador abona al beneficiario el importe del seguro. A su vez pueden ser:
     1-seguro de vida entera: el asegurador se obliga a satisfacer al fallecimiento del asegurado en cualquier época.
     2- seguro temporal: la obligación de pagar la indemnización por el asegurador solo surge cuando el asegurado fallece dentro de un determinado período.

- Seguros en caso de vida: En este tipo de seguros la entidad aseguradora abona al asegurado el importe del seguro, siempre que viva al vencimiento de un periodo de tiempo, también puede convenirse el apgo de una renta periódica mientras viva el asegurado, a partir de una determinada fecha. A su vez pueden ser: 
       1- Seguro de capital diferido: cuando el aseguradorse obliga a pgar una determinada suma si el asegurado esta vivo en una cierta fecha.
        2-Seguro de renta : cuando el asegurador se obliga a pagar una renta en vez de un capital.

-Seguros mixtos: Constituyen una combinación de los seguros de muerte y de vida, por lo tanto el importe ed seguro se paga a los beneficiarios si el asegurado muere antes de vencer el contrato y se le entrega si el mismo sobrevive a esa fecha.

Según cubran a una o más cabezas:
-Seguros sobre una cabeza: se paga el seguro cuando fallece la persona asegurada.
-Seguros sobre dos o más cabezas: a través de este contrato se asegura la vida de dos o más personas y el seguro se paga cuando muere una de ellas a facor de la otra u otras.

Según el numero de personas amparadas por la póliza:
 -Seguros individuales: Son los contratos por medio de los cuales se asegura una persona con un seguro de muerte, de vida o mixto.
-Seguros colectivos: en este tipo de contratos se asegura la vida de numerosas personas. El seguro se paga a la muerte de estas, a los beneficiarios determinados.

Según las cláusulas adicionales: 
-Seguros con cláusulas adicionales: De acuerdo con estas cláusulas la póliza puede prever otros beneficios.
-Seguros sin claúsulas adicionales : Son aquellos cuyas pólizas solo prevé el seguro de muerte , vida o mixto.




lunes, 21 de marzo de 2011

La OPA

La OPA es una oferta pública de Adquisición, es decir una operación bursatil realizada entre empresas que cotizan en bolsa, en la que una persona física o jurídica anuncia públicamente a los accionistas de una sociedad cotizada en bolsa su intención de aquirir un número de titulos de esa misma empresa a un precio determinado.

Tiene lugar cuando esa persona denominada oferente pretende adquirir acciones de la sociedad, conocida como sociedad afectada, cuyo capital esté en todo o en parte admitido a negociación en bolsa de valores.
El objetivo de la OPA es la toma de control de la sociedad objeto de la oferta para de esta forma alcanzar, junto con la que ya se posea, en su caso, una participación significativa en el capital con derecho de voto de la sociedad.

Una OPA puede ser amistosa, si está aprobada por la cúpula directiva de la sociedad afectada u hostil, es decir que por el contrario no goza con la aprobación de la soceidad afectada.
Como valores que puedan dar derecho a suscripción o adquisición de acciones se encuentran los derechos de suscripción, las obligaciones convertibles, los warrants y demás similares.
Se considera participación significativa la que iguale o supere el 25% del capital de la sociedad afectada.
El termino OPA ha pasado de ser un concepto utilizado exclusivamente por profesionales del mundo de los negocios y sectores especializados a una acción que practicamente todos los días se convierte en noticia, son numerosas las noticias que hablan de OPAS entre empresas, operaciones de gran calado para el mundo empresarial y que, en muchas ocasiones pueden condicionar la evolución económica de las compañias e incluso de las acciones cotizadas en bolsa.


Uno de los principales factores económicos que carazterizan este tipo de operaciones y que promueven numerosos estudios por parte de analistas es el precio que se ofrece por la empresa que se desea adquirir.

Para la determinación del precio de una empresa hay que atender a numerosos factores económicos ; es encesario hacer un analisis fundamental ed la compañia, valorando su cuenta de resultados, sus balances y excepcionalmente aspectos como su endeudamiento, sus flujos de caja, reservas...En general, conviene hacer un exhaustivo análisis de la situación económica de la empresa en cuestión para determinar cuánto se puede y se debe apgar por ella, para que esa cantidad sea un precio justo.

La OPA suele ofrecer un precio superior al del mercado, al que cotiza la accion en el momento de realizar la oferta, pero esto no es necesario. Aunque la oferta sea poco llamativa, suele ser conveniente que los pequeños accionistas acudan a ella porque, una vez cerrada la OPA la alternativa es mantener unos títulos con poca liquidez y mínimos cambios en la cotización. Otra posibilidad es que la OPA fracase por falta de atractivo.
Para el accionista, lo más interesante es recibir dinero constante y sonante , es decir , el 100% en efectivo, aunque la empresa que lanza la OPA puede decidir ofrecer parte en efectivo y parte en accciones.


Cuando una empresa lanza una OPA sobre otra empresa lo que está haciendo es lanzar una oferta de compra.
Las OPAS pueden recibir diferentes denominaciones dependiendo de la finalidad que tengan o las características de las que esten compuestas, de este modo nos encontramos con opas obligatorias, que son aquellas en las que la legislación establece determinados supuestos en los que es obligatorio lanzar una OPA, esta se presenta sobre el 100% de las accionesy las OPAS voluntarias.
También nos encontrariamos con las OPAS por toma de control, que permiten vender las acciones a un precio equitativo.

Las OPAS competidoras son aquellas en las que la oferta afecta a valores sobre los que ya se ha presentado otra OPA. Por otro lado encontramos las OPAS de exclusión , las caules permiten a los accionistas vender sus acciones antes de que la compañia deje de cotizar en bolsa.